Habilita la conducción por la vía pública de:
Motocicletas ligeras con o sin sidecar con estas características:
- Cilindrada máxima de 125 cc.
Potencia máxima de 11 kW (15 CV).
Una relación potencia/masa no superior a 0,11 kW/kg. - Más los vehículos que se permite conducir con el permiso AM
Para obtenerlo, la ley exige aprobar cuatro exámenes:
- Teórico común (el propio del permiso B). Quedará exento de hacerlo si posee cualquier otro Permiso de más de un año de antigüedad.
- Teórico específico A (Motocicletas)
- Práctico en circuito cerrado.
- Práctico en circulación abierta. Hasta septiembre de 2008, estaban exentos de realizar esta prueba quienes ya tuvieran en posesión cualquier otro Permiso de más de dos años de antigüedad. Ahora es obligatoria